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Fallo judicial a favor de Cuevana le permitiría seguir funcionando

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Cuevana parece haber logrado sortear el primero de varios intentos por dar de baja su portal, luego de que un juez de la Ciudad de Buenos Aires rechazara el pedido de la cadena HBO para restringir el acceso al sitio por violación a la Ley 11723 de Propiedad Intelectual.

La Sala V de la Cámara porteña rechazó el pedido de HBO argumentando que “no se advierte la urgencia que prevé el artículo 39 del Código Procesal Penal de la Nación”, por lo que derivó el proceso por presunta violación a la ley de propiedad intelectual a la Justicia Federal de la provincia de Córdoba, donde fue radicada originalmente la denuncia.

Pasando en limpio los términos jurídicos, Cuevana logró saltar un proceso que de haber tenido lugar, habría significado su cierre. Este rechazo de los jueces porteños no significa que la demanda no prospere, sino que deberá tratarse en el fuero donde se radicó la denuncia y sin la urgencia que solicitó HBO invocando el artículo 39 del CPPN (Código Procesal Penal de La Nación Argentina).

Este artículo 39 habla de la “Declaración de la incompetencia” de un tribunal territorial, quien puede remitir la causa a uno competente “sin perjuicio de realizar los actos urgentes de instrucción”, lo que significa que, por ejemplo, en caso de haber un detenido por sospecha o un damnificado, este artículo permitiría que una causa siga su curso en otro juzgado sin perjudicar a los intervinientes ni provocarles demoras innecesarias a los reclamantes. Para los camaristas porteños Rodolfo Pociello Argerich, María Laura Garrigós de Rébori y Mirta López González, no fue tomado como argumento válido el invocar este artículo ya que no existía tal urgencia.

Por este motivo, el rechazo del pedido de HBO fue derivado nuevamente a la justicia federal de Córdoba, a cargo de Alejandro Sánchez Freytes.

Fuente: diariotextual

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